Aborto, derechos reproductivos y paternidad responsable
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https://doi.org/10.11565/arsmed.v31i1.293Resumen
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Cardenal Francisco Javier Errázuriz, Iglesia de Santiago, Año CL, Nº 337, marzo 2002.
En este párrafo el Cardenal plantea muy claramente cuál es la interpretación habitual que se
tiene de los derechos reproductivos en el contexto internacional, y especialmente en el seno
de las Naciones Unidas y todas las organizaciones afines.
Esta frase aparece en contradicción con lo que menciona en el párrafo siguiente. Ese es
precisamente el juego que el Cardenal quiere destacar: no hay una referencia explÃcita, pero
implÃcitamente está el tema del aborto siempre presente, como lo señala a continuación.
Cf. Informe del Comité para la eliminación de la Discriminación de la Mujer, Nueva York
,
Nº 186 La recomendación del Comité a Irlanda ya usa el concepto de “derechos
reproductivosâ€.
IbÃd. N° 11.
IbÃd. Nº 228.
IbÃd. Nº 229.
Cf. con Juan Pablo II, Carta a las Mujeres, 1995. Nº8 en que se señala “la mujer y el
hombre no reflejan una igualdad estática y uniforme, y ni siquiera una diferencia abismal e
inexorablemente conflictiva: su relación más natural, según el designio de Dios es la ‘unidad
de los dos’, o sea una unidualidad relacional que permite a cada uno sentir la relación
interpersonal y recÃproca como un don enriquecedor y responsabilizanteâ€